Se hace pública la lista de aromas alimentarios autorizados en la Unión Europea
15 de octubre de 2012
Por el momento, y hasta que la EFSA finalice su evaluación, un total de 400 sustancias aromatizantes continuarán en el mercado a la espera de su autorización e inclusión en dicha lista. Se trata de elementos empleados durante mucho tiempo y evaluados, con anterioridad, por otros organismos científicos, a escala de la UE.
El uso de aromatizantes es muy común en la industria alimentaria europea, para así mejorar el sabor o el olor de lácteos, refrescos, cereales, productos de confitería, bebidas refrescantes, por ejemplo.
Reglamento de Ejecución (UE) Nº 872/2012 de la Comisión, de 1 de octubre de 2012, por el que se adopta la lista de sustancias aromatizantes prevista en el Reglamento (CE) nº 2232/96 del Parlamento Europeo y del Consejo, se incluye dicha lista en el anexo I del Reglamento (CE) nº 1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan el Reglamento (CE) no 1565/2000 y la Decisión 1999/217/CE (aplicable a partir del 22 de abril de 2013 salvo excepciones. Los aromas que no figuren en la lista se prohibirán tras un periodo de eliminación gradual de 18 meses).
Reglamento (UE) no 873/2012 de la Comisión, de 1 de octubre de 2012, sobre medidas transitorias respecto a la lista de la Unión de aromas y materiales de base que figura en el anexo I del Reglamento (CE) nº 1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo. (aplicable a partir del 22 de octubre de 2012 salvo excepciones).