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El Ministerio prorroga su programa voluntario contra agalaxia contagiosa para el periodo 2021-2023

22/04/2021

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado el Programa Nacional Voluntario de Vigilancia, Control y Erradicación de Agalaxia Contagiosa Ovina y Caprina 2021-2023. El objetivo es establecer un programa sanitario voluntario de vigilancia y control de la enfermedad, unas calificaciones sanitarias al respecto y la implantación de medidas de manejo e higiene complementarias. No se contemplan sacrificios obligatorios de animales.

El programa se dirige principalmente a las explotaciones productoras de leche, si bien podrá acogerse al programa cualquier explotación de ovino-caprino que esté calificada como M3 o M4 y sin restricciones en materia de EETs por scrapie clásico. Los titulares de explotaciones podrán acogerse a este plan mediante la firma de un compromiso de aplicación de este programa voluntario durante al menos tres años.

Un rebaño se considera positivo cuando al menos uno de los animales analizados en un muestreo realizado en dicho rebaño, según el protocolo que le corresponda en función de su aptitud productiva y estatus vacunal, haya resultado positivo.

Toma de muestra con un hisopo auricular a un ejemplar caprino
Toma de muestra con un hisopo auricular a un ejemplar caprino.

En todas las explotaciones que se incluyan dentro de este programa se realizará anualmente una encuesta epidemiológica. Dichas medidas se centrarán principalmente en la implantación de mejoras en el sistema de manejo e higiene de la explotación, ya que no se contemplan sacrificios obligatorios de animales.

En las explotaciones que no tienen implantado un programa vacunal, se realizarán dos muestreos serológicos anuales a la totalidad de los animales de la explotación mayores de cuatro años, incluyendo los sementales, separados esos análisis en seis meses. Además, se tomarán muestras de hisopos en los machos y en explotaciones de leche se tomarán además cuatro muestras de leche de tanque al año, recogidas en períodos no inferiores a 60 días. Uno de los muestreos deberá coincidir con el inicio de la lactación.

En las explotaciones que tienen implantado un programa vacunal, se tomarán los hisopos a los machos y las muestras de leche de tanque.

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